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Los dispositivos de captación de semáforo en rojo pueden fallar.

 

La Sentencia ganada por Eurosistema abre un importante debate jurídico y social sobre la insuficiencia de la fotografía obtenida por un medio de captación de semáforo rojo como prueba para poder acreditar una infracción.

Anulada sanción de 200 € y 4 puntos del carné.

 

Sentencia Nº3/2023 de fecha 09 de enero de 2023 del Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº8 de Madrid

En palabras de nuestro Director Jurídico, Francisco Borge Larrañaga:

Entendemos que el sistema de captación de imágenes foto-rojo no puede ni debe funcionar como una mera herramienta recaudatoria, sin control alguno, no sujeto a verificación, ni constatado por un agente de la autoridad.

El ciudadano, debe conocer con exactitud, por seguridad jurídica, el correcto funcionamiento de los aparatos o dispositivos que sustentan una sanción, pues estos pueden fallar, y la administración debe, en todo caso, probar sin duda alguna el hecho que fundamenta la imposición de una sanción.  Debiendo en todo caso aportar más pruebas que acompañen a la referida foto-rojo, dado que pueden existir otras circunstancias que concurran más allá de lo reflejado en la fotografía tomada sin control ni adveración por agente de la autoridad.

Todo ello, por principios elementales de aplicación del derecho a la presunción de inocencia y seguridad jurídica. El sistema foto-rojo no puede operar indiscriminadamente sin control, homologación ni fundamentar un procedimiento sancionador.

Muy acertada la fundamentación de la sentencia en cuanto que “hasta el más inteligente de los dispositivos puede fallar”.

 

Los medios de comunicación jurídica más prestigiosos de España se han hecho eco del éxito del Equipo de Eurosistema:

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