
El 28 de julio de 2015 se publicó en el BOE la Ley 25/2015, denominada de mecanismos de segunda oportunidad, de máxima actualidad ante las consecuencias económicas que están sufriendo muchas familias y profesionales derivadas de la crisis sanitaria.
Esta Ley facilita que una persona física, a pesar de un fracaso económico empresarial (autónomos) o personal, tenga la posibilidad de encarrilar nuevamente su vida e incluso de arriesgarse a nuevas iniciativas, sin tener que arrastrar indefinidamente una losa de deuda que nunca podrá satisfacer.
El objetivo es recomponer o perdonar de manera parcial la deuda, siempre y cuando el deudor se vea incapaz de satisfacer a sus acreedores y de hacer frente a sus deudas.
Tipos de deudas sobre la Ley de Segunda Oportunidad
Las deudas que entran dentro del contexto de actuación de esta Ley son los créditos ordinarios y subordinados, como:
- Préstamos personales
- Microcréditos
- Créditos rápidos
- Alquileres
- Suministros
Desde julio del 2019, gracias a una sentencia del Tribunal Supremo, también podrán aprovecharse los deudores con Hacienda y Seguridad Social.
* Quedan fuera de su aplicación las deudas garantizadas con prenda e hipoteca.
Principales Beneficios de la Ley de Segunda Oportunidad
El deudor puede conseguir lo siguiente:
- Exonera tus deudas liberándote total o parcialmente de créditos mediante su quita
- Congelar de manera temporal algunas demandas, embargos u ejecuciones sobre fondos y bienes.
- Eliminar su nombre de los ficheros de morosos como ASNEF-EQUIFAX o RAI.
- Conseguir un Acuerdo Extrajudicial de Pagos que te facilite el pago (de manera total o parcial) reestructurando la deuda en un plazo de cinco años como máximo. En muchas ocasiones este Acuerdo permite la quita, periodos de carencia o espera en las deudas.
Será fundamental la gestión del Acuerdo Extrajudicial, posibilita la concesión de ayudas y es prueba de buena fe, de obligado cumplimiento. Por ello, es necesario contar con Abogados Expertos y Profesionales que te ayuden con acuerdos realistas y viables.
Requisitos para acceder a los beneficios de la Ley de Segunda Oportunidad
- Ser persona física o autónomo.
- Solicitudes de aquellos deudores «de buena fe».
- Demostrar un patrimonio insuficiente para hacer frente a las deudas.
- Que la deuda no supere los cinco millones de euros.
- No haberla solicitado con anterioridad en los últimos 10 años o tampoco si se ha rechazado una oferta de empleo adecuada en los últimos cuatro años.
- No haber incurrido en delitos de contenido económico y/o social, contra los derechos de los trabajadores, contra el patrimonio, contra la Hacienda Pública o contra la Seguridad Social, se tendrán en cuenta los antecedentes penales de los últimos diez años.
- Haber intentado llegar a un acuerdo extrajudicial con los acreedores.
En Eurosistema Club Automovilista promovemos el correcto cumplimiento de la Ley de Seguridad Vial y abogamos por un comportamiento cívico y responsable de todos nosotros, a la vez que trabajamos diariamente para mejorar la defensa de los derechos e intereses de nuestros asociados.
Para cualquier otra cuestión o sugerencia puedes llamarnos al teléfono 913 093 201 en horario habitual de Atención al Cliente.